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lunes, 28 de mayo de 2012
¿QUÉ CAMBIA CON LA LOT?
FREDERICK CABRERA - Tal Cual
Luego de ser publicada en gaceta el 7 de mayo la Reforma de la Ley del Trabajo, los Empleadores se preguntan, ¿En qué me afecta?, ¿Cómo eleva los costos laborales y cambia las relaciones con mis trabajadores?, en fin, ¿Qué cambió con la nueva LOTTT? No hay una sola respuesta, y dependerá de diversos factores, beneficios ya otorgados, tamaño de la empresa, sector de actividad y hasta el nivel de fertilidad de la nómina y su antigüedad.
Quedan afectadas en primer término, las empresas pequeñas que otorgaban beneficios con base al mínimo de la derogada LOT, puntualmente al pasar las utilidades de 15 a 30 días y el bono vacacional de 7 a 15 días. En especial se podrán ver castigadas con pasivos laborales no previstos, empresas con trabajadores de más de 12 años de antigüedad, al recalcular (desde el 19/06/97) las prestaciones con el último salario.
A partir de mayo 2013, debido al año de prórroga legal, se reduce la jornada de labor de 6 a 5 días por semana y aumenta el descanso de 1 a 2 días continuos. La nueva LOTTT limita además la jornada diurna semanal a 40 horas (antes 44), la nocturna a 35 y mixta a 37 y media por semana (antes 42). Como consecuencia, resultan especialmente afectadas las empresas de vigilancia que deberán aumentar el número de trabajadores para cubrir un mismo turno de 24 horas, debido a que la derogado LOT si les permitía cubrir el día completo con dos turnos, trayendo por consecuencia el aumento del servicio para los clientes, incluyendo condominios de vivienda.
Se amplió el reposo maternal de 18 a 26 semanas (6 pre y 20 post) y para el padre se dejó 14 días o 21 por nacimiento múltiple. Adicionalmente, las madres tienen derecho a 12 meses de licencia por lactancia, gozando de dos permisos de hora y media en el día laborado y se amplió la inamovilidad al padre y madre a 2 años.
Entre las nuevas condiciones de contratación, destaca la reducción del período de prueba a 30 días y la exigencia de suscripción del contrato de trabajo por escrito. Aumentó el lapso de prescripción para demandar de 1 a 10 años (el más largo de Latinoamérica). Se modifica el sistema de estabilidad, implementado un novedoso método de Despido "Consentido" con pago Doble, es decir, el trabajador debe manifestar su aprobación al despido, fijándose un lapso máximo de 5 días hábiles para el pago de toda liquidación. Se establecen multas desde 30 hasta 360 UT y penas de arresto de 6 a 15 meses a los patrones, instigadores y miembros de junta directiva infractores.
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