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sábado, 15 de octubre de 2016

Una ley para "endulzar" el Lago

Tal Cual
14-10-2016
Rafael David Sulbarán - El Pitazo Zulia


La Ley de Saneamiento del Lago de Maracaibo y su Cuenca Hidrográfica está en la palestra, ya que el pasado 2 de agosto fue aprobada en primera discusión en la Asamblea Nacional

Para nadie es un secreto que el Lago de Maracaibo ha sido sobreexplotado en los últimos 100 años de actividades petroleras, que han dejado secuelas importantes con altos niveles de contaminación como la Lemna, innumerables desperdicios y disminución de su flora y fauna. El tema del saneamiento ha acompañado a esta generación en canciones, libros, artículos de prensa, reportajes, documentales y también en el marco jurídico, con leyes.

Actualmente, la Ley de Saneamiento del Lago de Maracaibo y su Cuenca Hidrográfica está en la palestra, ya que el pasado 2 de agosto fue aprobada en primera discusión en la Asamblea Nacional. También ha sido presentada y discutida en diferentes municipios del Zulia, así como en Mérida y Trujillo, cuyas entidades forman parte de la cuenca, y su contenido genera polémica entre los propulsores y los que se oponen a ella.

“No estamos proponiendo el cierre del Lago de Maracaibo, sino un desarrollo económico sostenible en él. Estamos defendiendo, además, la actividad agrícola en los cinco estados que pertenecen a la cuenca, pues los acuíferos de los pozos en las zonas de producción están salinizándose”, expresó Enrique Márquez, primer vicepresidente de la AN y uno de los principales promotores del instrumento legal, citado por la web de la Mesa de la Unidad Democrática, al momento de la aprobación del documento.


Este es el principal argumento de los propulsores de la ley: que las aguas del lago se han salinizado durante los últimos 60 años, principalmente por el dragado de su canal de navegación, que permite la entrada de buques petroleros a sus costas, pero contamina a este cuerpo de agua.

Todo tema relacionado con la recuperación del lago tiende a ser bien aceptado, pero esta ley tiene sus detractores, que opinan que no es necesario llevar el asunto al marco legal, pues consideran que solo con acciones se puede lograr algo. Sin embargo, también han criticado que la ley sería utilizada para garantizar la construcción de un puerto de aguas profundas en el Golfo de Venezuela, un negocio redondo para los involucrados.

La Ley

“Han sido contemplativas las autoridades ambientales del país con el problema contaminante de la salinización de las aguas otrora dulces del Lago de Maracaibo, que se produjo con la apertura y permanencia del Canal de Navegación que hace posible la entrada de buques tanqueros de gran calado al Lago de Maracaibo a los fines de transportar el petróleo extraído del subsuelo lacustre, pero con su mantenimiento se acentúa también el proceso de salinización que altera el ecosistema del mismo”. Esto es un extracto de la exposición de motivos de la ley, que también sostiene que el crecimiento urbano no planificado en las riberas afecta notablemente al estuario.

En total, el documento presenta 33 artículos, divididos en ocho títulos, entre ellos el que establece los ejecutores de las labores de saneamiento, dejando al Instituto para el Control y Conservación de la Cuenca del Lago de Maracaibo (Iclam) como el ente encargado de velar por todas las políticas relacionadas con la conservación de ese cuerpo de agua. Será el que coordine todo lo relacionado a su saneamiento.

El Iclam manejará el financiamiento a través del Fondo Especial para el Saneamiento y Protección de las Aguas del Lago de Maracaibo y sus Ríos Tributarios, que tendrá aportes del Ejecutivo nacional, las empresas petroleras, los gobiernos estadales y los municipios. El documento establece, de igual forma, los responsables de la fiscalización y control, que serán el ejecutivo regional y los municipios ribereños.

En su artículo 11 define que el Ejecutivo nacional debe cesar el dragado del canal de navegación y que el dinero que se usa para ello ahora deberá ser destinado para el fondo que manejará el Iclam. “No vamos a aislar el lago; la ley garantiza que las actividades industriales se mantendrán, pero bajo un control estricto, sin abusar, preservando el entorno”, comentó Marcelo Monnot, uno de los arquitectos de la ley y presidente del Centro de Ingenieros del Estado Zulia (Cidez).


Los puntos más importantes de la propuesta se resumen en: eliminar el canal de navegación, que es uno de los principales causantes de la salinización de las aguas, y la obligación del Estado, a través de este documento legal, de preservar limpia la masa de agua de más de 13 mil kilómetros cuadrados. La ley ya fue presentada y aprobada; ahora se espera por la aprobación en segunda discusión.

El lago es salado

Con más de 40 millones de años de existencia, el Lago de Maracaibo es uno de los lagos más antiguos de la tierra, el más grande de Latinoamérica y el número 19 del mundo. El río Catatumbo y también el río Chama lo alimentan, junto a otros 135 afluentes. Su condición natural es dulce, pero con algo de salado, o digamos, “una combinación de agua salada con dulce”, esto según Lusbi Portillo, profesor universitario, experto ecológico y presidente del grupo Homo Et Natura, uno de los principales opositores a la ley.

“El Lago siempre ha sido así, salado, ahora vienen estos a decir que la sal daña el agua, como si el lago fuera hipertenso. No, la sal no le hace daño, es parte de él”, refirió Portillo durante un conversatorio días después de la aprobación del documento. En el lago se da un proceso químico que permite que se limpie solo, según indicó el profesor, al existir un cono hipolimnético anóxico que equilibra todo. “El lago se autolimpia, y el proceso se facilita cuando llueve; esto barre con el fondo, que sale hacia aguas marinas del Caribe, por eso no hace falta cerrarlo, ya que el agua salada es vital para su conservación”. Para el profesor Portillo sería mortal que se eliminara el contacto con el agua salina. “Si eso se ejecuta, el lago se convertiría en un gran pozo séptico, una poceta gigante; bueno, más de lo que ya es”, expresó.


El principal factor que contamina el lago, según la apreciación de Portillo, es la utilización de fertilizantes, de productos químicos utilizados en los sembradíos cercanos a la cuenca, que son trasladados a través de las vías de agua hacia el lago. “Hay que cambiar el modelo agrícola; es vital también la reforestación. Si no se siembra no habrá agua dulce, porque cada día llueve menos”, refirió.

Homo Et Natura y otros movimientos ecologistas participaron en la consulta pública de la ley, exponiendo sus razones. Han recogido firmas y pretenden llevar su protesta más allá. “No es necesaria una ley para sanear el lago; lo que se necesita es acción, reforestar, eliminar pesticidas, evitar derrames industriales y poner mano dura”, explicó Portillo.

Inconstitucional

En un artículo publicado el primero de septiembre en el portal zuliano Diario Contraste, Adolfo Hernández, luchador social y ecologista, asegura que esta ley sería inconstitucional por dos razones: primero, porque ya existe una ley similar, aprobada y sancionada por el Consejo Legislativo del Estado Zulia (Clez) en el año 2012, entre otras leyes y ordenanzas; y segundo, porque se violaría la Carta Magna al dejar sin competencia a los municipios en la gestión territorial del lago, en este caso.

“¿Para qué una nueva Ley de Saneamiento y Protección del Lago de Maracaibo y su Cuenca Hidrográfica, si ya el Estado Zulia cuenta con una y hasta con el mismo nombre? ¿Entonces para qué sirve la Ley Orgánica de Los Consejos Legislativos de los Estados, la cual en su artículo 36 establece: ‘La Ley Estadal es un acto legislativo de efectos generales?”, se pregunta.

La Constitución de la República establece: “Los Estados descentralizarán y transferirán a los municipios los servicios y competencias que se gestionen”. De igual manera el artículo 178 de la Constitución y el artículo 55 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, les define a los “municipios sus competencias: de ordenación territorial, turismo local, parques y jardines, plazas, balnearios y otros sitios de recreación, arquitectura civil, protección del ambiente, saneamiento ambiental, Servicios de Agua potable, alcantarillado, canalización y disposición de las aguas servidas”.

En este sentido, para Hernández, la designación del Instituto para el Control y la Conservación de la Cuenca Hidrográfica del Lago de Maracaibo (Iclam) como ente regulador sería quitarle competencia a los municipios.

Puerto América

Para los opositores de la ley, uno de los principales motivos de su existencia sería la construcción de un puerto de aguas profundas por la eliminación del canal de navegación, lo que evitaría el paso de buques de alto calado a las aguas marabinas. De ser cierto, ese proyecto tendría un trasfondo, un negocio, que sería Puerto América. Lusbi Portillo asegura que hay muchos personajes del gobierno regional detrás de esto, al igual que los propulsores de la ley, Enrique Márquez y todo el tren del partido Un Nuevo Tiempo. “Luis Soto Luzardo está detrás de esto desde hace más de 27 años,junto a un grupo de empresarios”, mencionó Portillo. Soto Luzardo es un empresario vinculado con el gobernador Francisco Arias Cárdenas.

Para Portillo, el nuevo puerto beneficiaría a empresas colombianas que buscan explotar el carbón en la Sierra de Perijá. También ha señalado a varias empresas vinculadas, como Constructores Occidentales (Cosa) afiliada de la canadiense CI Power Service Limited, que ha hecho los estudios durante años.

Ante esto, el mismo Enrique Márquez ha expresado que la ley no tiene ningún motivo empresarial y que el Estado debe garantizar el cumplimento de esa ley: “No nos compete qué van a hacer y cómo, pero sí que deben construir ese puerto”. El documento establece en su artículo 8 la construcción del puerto y, en las disposiciones transitorias, que debe hacerse en cinco años.

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