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jueves, 20 de marzo de 2014

El enredo de una ley

Tal Cual

Ley de Precios Justos sigue generando dudas y temores. Comerciantes tienen el derecho a defenderse. Solicitan nuevas resoluciones para determinar la estructura de costos de personas que ofrezcan servicios. Anprocom recomienda exigir al inspector providencia administrativa otorgada por el Sundde

FÉLIX JOSÉ SATURNO

Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Precios Justos muchas son las dudas y temores en cuanto al procedimiento penal por los cuales un comerciante puede ser objeto en el momento de una inspección.

Sin embargo el nuevo instrumento legal le da la posibilidad al comerciante de abrir un procedimiento administrativo el cual le garantice el derecho a defenderse.

En este sentido, Félix Freites, coordinador nacional de la Alianza Nacional de Protección al Comerciante (Anprocom), recomienda a los comerciantes que realicen lo establecido en el artículo 69 de la Ley Orgánica de Precios Justos, lo cual dictamina que, frente a una multa impuesta por el funcionario que realice la inspección, pueden solicitar un procedimiento administrativo que garantice derecho al debido proceso.

Freites explica que el comerciante no debe aceptar la aplicación discrecional de multas o sanciones que pudieran derivarse o pudieran culminar en la aplicación de procedimientos de tipo penal.

Frente a la aplicación de esta Ley Orgánica de Precios Justos los miembros de Anprocom solicita la aprobación de nuevas providencias administrativas donde se pueda determinar de una manera práctica y aplicable la estructura de costos para las personas que ofrecen servicios de distinta naturaleza.

El Coordinador Nacional de esta alianza sostiene que las principales dudas surgen en aquellas personas que prestan un servicio como el asistencial. "Cuál será la estructura de costo de un médico que se basa en su conocimiento, en consecuencia no está claro como se puede determinar dicho costo".

Añade que existe mucha discrecionalidad, por esta razón desde Anprocom solicitan una providencia administrativa para todo lo que tiene que ver con servicios tanto existenciales como educativos.

Freites afirma que existe preocupación por parte de los pequeños y medianos empresarios por la aplicación de un mecanismo "que protege al consumidor pero que es necesario desarrollar criterios para poder prevenir unas sanciones muy severas de tipo administrativos y penal".

Por su parte Pedro Natera, abogado penalista, explica que el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela garantiza el debido proceso y el derecho a la defensa, en consecuencia todos los actos realizados con violación de dichos derechos "son totalmente nulos".

Natera aclara que hasta los momentos no se tiene conocimiento de detención hacia algún comerciante. Sin embargo se tiene conocimiento de algunas personas "inescrupulosas que han tratado de pasarse por funcionarios de la Superintendencia de Precios Justos (Sundde)".

Por esta razón enfatiza que todos los comerciantes y empresarios deben solicitar la providencia administrativa otorgada por el Sundde al fiscal la cual "le da la facultad al inspector de supervisar esa empresa".

Expone además, que la inspección puede realizarse a través de una denuncia por parte de un particular el cual puede dirigirse a Sundde para formular una imputación a una empresa o comercio. Asimismo, la fiscalización puede ser directamente por el Sundde el cual puede enviar a fiscales a realizar una inspección.

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