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domingo, 6 de enero de 2013

Vicepresidente contradice al TSJ

En 2009 la Sala Constitucional dijo que la posesión es "imprescindible"

Carrasquero fue el redactor de uno de los fallos sobre la asunción ARCHIVO

EL UNIVERSAL
domingo 6 de enero de 2013 12:00 AM


"La Constitución establece en todo caso como formalismo que (el reelecto presidente Hugo Chávez) debe presentar su juramento ante la Asamblea Nacional el diez de enero, pero ya el diez de enero comienza el nuevo período constitucional y él continúa en sus funciones y se establecerá (...) el momento en que pueda prestar juramento ante el Tribunal Supremo". Esta es, a juicio del vicepresidente Nicolás Maduro, la correcta interpretación del artículo 231 de la Constitución.

En pocas palabras esto significa que el mandatario, quien permanece en Cuba convaleciendo de una cuarta operación en año y medio contra el cáncer que padece, seguirá gobernando aunque no pueda estar el próximo jueves en el Parlamento para asumir el tercer sexenio para el que fue elegido en octubre.

La tesis de Maduro, sin embargo, contradice la jurisprudencia del máximo juzgado.

"El inicio de la acción de Gobierno depende de la correspondiente toma de posesión", declaró en mayo de 2009 la Sala Constitucional, luego de analizar un recurso que un legislador oficialista de Carabobo interpuso contra la decisión del exgobernador de la entidad, Henrique Salas Feo, de asumir su cargo, para el período 2008-2012, ante un juzgado contencioso administrativo y no ante el Consejo Legislativo de la entidad central.

"Resulta patente que el acto de juramentación del jefe del ejecutivo estadal constituye una solemnidad imprescindible para la asunción de la magistratura estadal y, por tanto, condiciona la producción de los efectos jurídicos de una de las funciones esenciales de los entes político territoriales, a saber, la función ejecutiva del Gobernador electo y, el consiguiente, desarrollo de las facultades de dirección y Gobierno de la entidad", agregó la Sala en su sentencia 626, que redactó el magistrado Francisco Carrasquerro.

Por su parte, la Sala Electoral en otro fallo dictado en 2005 declaró: "No podrá considerarse completado o finalizado el proceso electoral que no culmine en la efectiva toma de posesión del cargo por parte del candidato electo".

Pese a estos dictámenes fuentes del TSJ aseguran que el organismo avalara la tesis de Maduro. JFA

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