Tal Cual Digital
Luego de varios meses, la Sala constitucional desestimó la apelación introducida por la defensa de Afiuni, que reclamaba por la negación del tribunal 26º de agravar su medida cautelar, a fin de que pudiera salir del Inof para hacerse exámenes médicos
La Sala Constitucional del TSJ desestimó el recurso de la defensa de la ex juez María Lourdes Afiuni, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Caracas, que anteriormente declaró inadmisible el amparo constitucional contra la decisión dictada por el juzgado número 26º en funciones de juicio.
Dicho tribunal negó la solicitud de otorgarle a Afiuni una medida cautelar menos gravosa, decisión que la defensa afirma, vulneró sus derechos constitucionales a la salud y a la libertad personal consagrados en la Constitución, pues la Jueza se encontraba retenida en Instituto Nacional de Orientación Femenina (Inof) y requería atención médica.
El TSJ desestimó la medida, ya que para el momento de la formalización documento, el tribunal 26º ya había acordado una medida menos gravosa, como el arresto domiciliario.
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viernes, 1 de julio de 2011
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