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viernes, 8 de julio de 2011

Del Situado Constitucional, Gobierno central tima BsF. 570 millones a gobernaciones y alcaldías

ADANA MORILLO | el siglo - Valencia
foto | SEBASTIÁN MOLINA


Vestalia Sampedro, diputada a la Asamblea Nacional, señaló que el Gobierno central tima 570 millones de bolívares fuertes del Situado Constitucional a las gobernaciones y alcaldías, cuando pretende que las fuentes de ingresos “tradicionales” sean consideradas como ingresos extraordinarios, con la finalidad de no entregar los recursos de acuerdo a la Ley.

“Cinco créditos adicionales al presupuesto de gastos, contemplan como fuente de financiamiento los ingresos extraordinarios de la venta del petróleo, ante lo cual cabe la pregunta, cómo se trata de ingresos extraordinarios provenientes de la renta petrolera, cuando desde 1909 en Venezuela ésta se ha convertido en la fuente tradicional de financiamiento del gasto público y así lo entiende y define la misma Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público (Loafsp)”, se preguntó.

Explicó que por causa de la variación del tipo de cambio, los ingresos provenientes de la venta del petróleo se incrementaron, debido a que ya no se cambia a 2,15 sino a 4,30 BsF, pero la fuente sigue siendo el ingreso petrolero. El ingreso por devaluación no es extraordinario.

“Con este artilugio dejan de llegar a las regiones 570 millones, necesarios para los programas sociales, el desarrollo habitacional, la atención de la salud, la educación, alimentación, remuneración de los trabajadores, ornato público y todos aquellos que por su naturaleza son competencia exclusiva de gobernaciones y alcaldías, como por ejemplo la recolección de basura, que como es evidente es una tarea que no puede acometer el Gobierno Nacional”.

-El ataque a la descentralización y el acaparamiento de recursos por parte del Gobierno, lo han llevado a prácticas contrarias a las disposiciones legales que rigen la materia, en efecto la citada Loafsp vigente, establece en su artículo 7 como ingresos ordinarios, todos los que se producen de forma recurrente y provienen de fuentes tradicionales y como extraordinarios, aquellos que se producen eventualmente, como los ingresos derivados de la venta de un activo de la República o los provenientes de leyes especiales de endeudamiento.

Finalmente, la parlamentaria señaló que el Ejecutivo debe cumplir sus funciones y obligaciones, para procurar el bienestar de la población sin impedir que las gobernaciones y alcaldías puedan ejercer también su trabajo.

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