Ciudadanos denuncian que se les impidió participar
EL UNIVERSAL
miércoles 30 de noviembre de 2011 12:00 AM
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Iraima Josefina Vásquez de Marval y Daniel José Marval Figueroa, contra la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), porque presuntamente les impidió participar como precandidatos a la alcaldía del municipio Tubores del estado Nueva Esparta en las elecciones primarias a celebrarse el 12 de febrero de 2012.
Esgrimieron que el pasado 9 de noviembre Daniel Marval Figueroa fue postulado por Copei, como precandidato e Iraima Vásquez De Marval se postuló mediante iniciativa propia y por los partidos Primero Justicia y Proyecto Venezuela.
Agregaron que acudieron a cancelar el 9 de noviembre el 50% del monto establecido y el resto el 10 de noviembre, dentro del lapso establecido para tal fin en las normas que regulan las elecciones primarias, pero que posteriormente se dejó sin efecto la decisión de celebrar primarias en el municipio Tubores acordando en su lugar la designación por consenso de José Jesús (Chucho) Vásquez.
La sentencia de la Sala Electoral, cuyo ponente fue el magistrado Juan José Núñez Calderón, indica que del Reglamento de Selección de los Candidatos de la MUD se infiere que la escogencia de los candidatos se hará de dos formas, "por acuerdos unitarios" o por "elecciones primarias". Por tanto, la opción escogida está dentro de la normativa y es legal.
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